F&M – Facturación electrónica Resolución 55 de 2016

agosto 7, 2016

F&M – Factura electrónica Resolución 55 de 2016

El 14 de Julio de 2016 se publicó la resolución 55, en esta se definen algunas consideraciones relacionadas con facturación electrónica. Entre otras:

1. Se tendrá un sistema informático en la DIAN para solicitar habilitar e inhabilitar numeración y vigencia de resoluciones para facturación electrónica (Artículo 2). Lo que significa que el Formato 1302 «Solicitud de numeración de facturación» quedará suscrito de forma virtual (Articulo 6). Para realizar esta solicitud virtual en el sistema de la DIAN, MUISCA, será necesario tener un el certificado digital de la entidad, a partir del 1 de Julio 2017 será obligatorio realizarlo de forma virtual.(Articulo 6 Parágrafo 1ro ). La DIAN solicitará una cuenta corriente o de ahorros con las condiciones descritas en el Artículo 6, una vez habilite el sistema MUSICA con los nuevos campos, no se podrá solicitar numeración sin proporcionar estos datos Bancarios.

2. Sin perjuicio de la obligación de facturar, no será necesario solicitar autorización de numeración en los siguientes casos:

  • Expedición de documentos equivalentes a facturas
  • Sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga más del 50% de capital
  • Servicios públicos domiciliares
  • Camaras de comercio
  • Notarias
  • En general los no contribuyentes de impuestos sobre la renta según lo señalado en el Estatuto Tributario
  • Lo anterior no aplica para POS (Sistemas de Venta en Mostrador) o Factura electrónica.

    Para facturación electrónica aplicará todo lo comentado anteriormente sobre la solicitud de numeración. Adicionalmente, se pedirán unos datos adicionales relacionados con el software autorizado para facturación electrónica del proveedor tecnológico(Articulo 7)

    3. Para facturar en caso de contingencia, se deberá solicitar un prefijo CSFE en el momento de solicitar la habilitación de factura electrónica, las facturas pre-impresas deberán incluir la leyenda «Contingencia de Facturación Electrónica». Todas las facturas realizadas en contingencia deberán ser generadas en el XML definido en la resolución 19 de 2016 y enviado a la DIAN según los plazos definidos. La fecha para la factura de Contingencia será que sea registrada en la forma Pre-impresa.(Articulo 8)

    Para ver toda la normatividad vigente sobre factura electrónica en un mismo lugar, incluyendo la resolución 55 de Julio 2016 comentado en esta página, visite: Resumen F&M – Factura electrónica