Calendario Actualizado de Implementación de la Factura Electrónica
abril 2, 2019
Calendario definitivo de Marzo 26 de 2019
Según la RESOLUCIÓN Número 00020 del 26 de Marzo de 2019 expedida por la DIAN (Ver resolución 020 DIAN), por la cual se señalan los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición y se establece el calendario para su implementación, el Calendario actualizado de implementación de la Factura Electrónica es el siguiente :
Debemos tener en cuenta que el Código CIIU bajo el que estamos registrados nos permitirá revisar y definir la fecha límite para implementar adecuadamente el sistema de Facturación Electrónica en cada empresa. En cualquier caso, en eBill estamos listos y dispuestos a que nuestros clientes completen y lleven a cabo exitosamente este proceso.
A continuación un video corto que explica que es factura electrónica en Colombia
En este video explicamos, los conceptos básicos de factura electrónica, en otras palabras lo que tenemos que implementar en la fecha determinada por la DIAN
Así se compone este Calendario de Implementación:
Grupo: Corresponde al orden en que los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta, deben cumplir con la fase de registro y expedición.
Fecha máxima de registro en el servicio informático de factura (dd/mm/aa): Indica el plazo dentro del cual el sujeto obligado a expedir factura electrónica de venta, debe registrarse como facturador electrónico y señalar el software de facturación con el cual hará pruebas de habilitación en el servicio informático electrónico de factura electrónica, dispuesto en la página WEB de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN.
Fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta (dd/mm/aa): Indica el plazo máximo dentro del cual el sujeto obligado a expedir factura electrónica de venta, debe iniciar con el cumplimiento de esta obligación formal.Código CIIU División a dos (2) dígitos – Código CIIU a tres (3) dígitos: El Código CIIU División a dos (2) dígitos, corresponde a la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU revisión 4 adaptada para Colombia, a dos (2) dígitos indicada en el Registro Único Tributario -RUT, a la fecha máxima de registro del literal b). El Código CIIU a 3 primeros dígitos, corresponde a la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU revisión 4 adaptada para Colombia, a tres (3) primeros dígitos indicada en el Registro Único Tributario -RUT, a la fecha máxima de registro del literal b).
Otros sujetos: Indica los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta, independientemente de la actividad económica registrada en el Registro Único Tributario – RUT.